La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), en conjunto con el Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS), publicó la Política Nacional de Suelo (PNS) en agosto de 2020. Ésta es la primera vez que el país cuenta con una orientación de política en materia de suelo, creada para regular el uso, aprovechamiento y ocupación de éste.
La disputa por el territorio ha sido una constante en la historia humana y México no ha estado exento. Desde 1917 con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus posteriores reformas, “la base material que constituye el patrimonio del estado es el territorio y, sobre él, se distribuye la propiedad privada. Sin embargo, ésta es una concesión del estado para el usufructo de particulares, no una cesión de soberanía. El estado es quien regula los usos y destinos del suelo, sus formas de propiedad y para cada una de ellas los beneficios que se pueden obtener. El suelo es un bien que puede generar rentas y, en consecuencia, acumular capital es decir riqueza y como tal, siempre estará en disputa, de ahí su complejidad y la necesidad de una política de estado y no de propietarios” (Rabello, 2020).
En este contexto, la PNS plantea que el Estado recupere la rectoría sobre el desarrollo urbano y la ocupación del territorio. Dicha rectoría, debería servir para garantizar que el suelo cumpla con su función social y ambiental, y no sólo con su función económica.
Cabe mencionar que el artículo 115 constitucional da a los municipios la atribución de ordenar y zonificar su territorio. En este sentido, los municipios encaran un nuevo reto, cumplir con lo establecido en la PNS, sin descuidar sus necesidades de crecimiento económico.
La unidad básica de instrumentación de esta política es el Ayuntamiento en conjunto con sus ciudadanos, pero de los 2 mil 457 municipios que existen en México, ¿cuál ha sido el desempeño en materia de regulación y aprovechamiento del suelo?
El desempeño se ha considerado como inadecuado de acuerdo con instituciones como la Organización de las Naciones Unidas; el Banco Mundial; el Banco Interamericano de Desarrollo; el Instituto Mexicano para la Competitividad, y diversos académicos expertos en la materia.
La zona urbana de la mayoría de las ciudades se ha expandido descontroladamente sobre suelo valioso en materia ambiental y agrícola, generando una serie de externalidades negativas, como el aumento del tráfico y su consecuente pérdida de horas hombre; la contaminación del aire, agua y suelo; el encarecimiento del precio del suelo; la desigualdad territorial y socioeconómica, y asentamientos en zonas de riesgo y la inseguridad.
A partir de 1992, con las reformas al artículo 27 constitucional y a la Ley Agraria, aumentó el cambio de uso del suelo agrícola por urbano, lo que trajo consigo la consolidación del crecimiento irregular que se dio desde la década de los sesenta en el país y, en particular, en la Ciudad de México.
En contraste, a partir del año 2000 se dio prioridad a la urbanización “legal” por medio de la Política Nacional de Vivienda, la cual tuvo como resultado el boom inmobiliario en el país. Sin embargo, el problema de acceso a la vivienda no se solucionó y muchos de los desarrollos habitacionales financiados con recursos públicos presentan viviendas abandonadas.
Es decir, se han creado políticas para regularizar asentamientos humanos precarios y políticas para generar asentamientos que, en teoría, están dentro de la legalidad y ninguna de las dos ha podido avanzar de manera importante en ofertar suelo y vivienda adecuada para la población en general y, en particular, para la de menores ingresos.
Entonces, la actual PNS plantea que la función social del suelo urbano debe prevalecer sobre la económica. En este sentido, el panorama para la producción de vivienda en serie como se tuvo en sexenios anteriores se frena, pero además se les exige a los gobiernos municipales o de las demarcaciones territoriales que el ordenamiento de su territorio y de su desarrollo urbano debe considerar el derecho a la ciudad y a la vivienda adecuada, lo que implica no más proyectos exclusivos de vivienda.
Lo anterior significa que se requieren proyectos de desarrollo urbano y ambiental integrales, donde se promueva el mejoramiento, en primer lugar, y en segundo lugar, la construcción de vivienda que incluya usos mixtos, equipamientos, áreas verdes, servicios, movilidad sustentable y seguridad.
Gradualmente, tendrá que modificarse la tradición en los planes o programas de desarrollo urbano de definir áreas exclusivas de vivienda por espacios mixtos y plurales, respetando la compatibilidad de usos.
En ese sentido, el reto para la arquitectura es poder insertarse en un mercado en el cual la vivienda como uso exclusivo del suelo no es una línea de política pública; tendrán que diseñarse espacios funcional, estética y socialmente mixtos, donde cohabiten usos habitacionales, comercios, servicios y equipamientos y que, a su vez, estén integrados con todo el territorio municipal, desde una perspectiva de sustentabilidad.
Para saber más
Licenciatura en Arquitectura, Universidad Intercontinental. Disponible en https://www.uic.mx/licenciaturas/division-ciencias-sociales/arquitectura/
Licenciatura en Diseño Gráfico, Universidad Intercontinental. Disponible en https://www.uic.mx/licenciaturas/division-ciencias-sociales/diseno-grafico/
Irma Lozada, “BIM, lo último en tecnología para la arquitectura”, Blog UIC. Disponible en https://www.uic.mx/bim-lo-ultimo-tecnologia-la-arquitectura/
Abril López, “Arquitectura con orientación social”, Blog UIC. Disponible en https://www.uic.mx/arquitectura-orientacion-social/
Karemm Danel, “Cinco diseñadores gráficos que debes conocer”, Blog UIC. Disponible en https://www.uic.mx/cinco-disenadores-graficos-que-debes-conocer/
INSUS (2020), Política Nacional de Suelo, México.
Rabello, Sonia (2020), “El suelo como base: notas sobre la Política Nacional de Suelo”, NEXOS.