Las relaciones sociales y el derecho

Autor UIC

Escrito por: Mario Escalona Hernández 

Docente en la Licenciatura de Derecho

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Cita importante de Aristóteles

Aristóteles, en su libro intitulado Política, sentenció “El hombre es por naturaleza un animal social…” (García, 1988: p. 50), con lo que daba a entender que en la esencia misma de la humanidad se encuentra inherente el “gen” que le inclina a la vida en sociedad

La sociedad y las relaciones

Desde luego, esta idea no la comparten todos. La necesidad de supervivencia pudo ser un elemento importante para determinar el destino gregario de la humanidad. Ya sea de una u otra manera, es evidente el hecho de la vida en sociedad

Es en ese momento que los seres humanos entran en contacto con sus semejantes y que se establece una serie de vínculos o relaciones, producto de la interacción, de vivir con otros. Pues bien, esas relaciones, desafortunadamente, no siempre son armoniosas, surgen conflictos como consecuencia de la vida en comunidad

¿Cómo se resolvían los conflictos?

Pues bien, debemos suponer que en los inicios de la humanidad la manera como se resolvieron estos conflictos sociales fue por mano propia. Es decir, ausente el Estado como detentador de la fuerza pública, cada uno resolvía sus diferencias empleando la fuerza bruta, de manera que el más fuerte sometía al débil; incluso, lo privaba de la vida para causar temor en los demás, obedecido por el miedo. 

No resultaba del todo satisfactoria esta solución a la conflictiva social, dando lugar a resentimientos, odio y ánimo de venganza contra de quien se imponía por la fuerza. Esto condujo a buscar otra forma de resolución a estos problemas producto del roce social

Las jurídicas

La experiencia acumulada durante muchos años llevó a la humanidad a resolver sus controversias sociales por medio de un sistema de normas denominadas jurídicas; esto, para distinguirlas de otras que también regulan la conducta social, como las morales, las religiosas y las del buen gusto

Las jurídicas se caracterizaron, fundamentalmente, por ser coercibles; es decir, su acatamiento no quedaba a la libre voluntad de las personas, sino que estaban provistas de los medios necesarios para hacerlas cumplir empleando la fuerza pública depositada en el Estado y ejecutada por medio de las instituciones de policía

Fuerza pública

El empleo de la fuerza pública no es arbitraria (no debe ser); es, generalmente, consecuencia de una resolución pronunciada por una autoridad legítima y no cumplida por el destinatario, lo que conlleva, primero, despojar a los particulares de ejercer violencia para reclamar un derecho.

Por otro lado, conlleva que, quien considere que tiene un derecho para reclamar a otro, debe acudir ante las instancias correspondientes del Estado para que, por su intermediación y después de escuchar al reclamante como al reclamado, de manera imparcial, se determine lo procedente, condenando o absolviendo. Y en caso de condenar fijar un plazo prudente (establecido en la ley y cuando sea procedente) para que el condenado cumpla, bajo el apercibimiento que de no hacerlo se lo forzará por medio de la fuerza pública a cumplir. 

Relaciones gregarias

Este enramado de norma jurídica cuya finalidad es permitir la convivencia social al resolver los conflictos que eventualmente se presentan por las relaciones gregarias. Da origen a lo que denominamos Derecho. De lo que se sigue que el Derecho es un producto social. Es decir, no es algo que exista en la naturaleza. Sino que el ser humano lo crea y siendo este imperfecto su creación también puede seguir el mismo derrotero.

Sin embargo, esas normas imperfectas encuentran las esperanzas de que, siendo un ser humano perfectible. Su obra jurídica puede tener el mismo destino

Derecho susceptible de perfeccionamiento

No hay derecho perfecto, pero si susceptible de perfeccionamiento. De tal manera que la imperfección de la norma jurídica puede provenir de su deficiente redacción, dando lugar a interpretaciones diversas o ambiguas. O bien, no previó adecuadamente la tutela de determinado bien jurídico, como la vida, la propiedad, la igualdad, la presunción de inocencia, entre otros. Cuestiones que pueden ser salvadas mediante la adecuación procedente. Todo con la finalidad de regular lo mejor posible las relaciones sociales

Las relaciones sociales y los conflictos

En resumen, la naturaleza gregaria del ser humano o su necesidad de unirse con sus semejantes dio paso a que entablaran relaciones sociales, dando lugar, en ocasiones, a conflictos que se resolvieron en un primer momento por el empleo de la fuerza bruta.

Con el tiempo, la humanidad encontró otro medio para resolver los problemas surgidos de las relaciones sociales por medio de normas jurídicas que implicaron no permitir que las personas ejercieran violencia para exigir una prestación, por legítima que fuera.

Lo anterior, orillándolo a llevarlo a cabo por medio de instituciones del Estado, donde se escuchara tanto al reclamante, como a quien se reclamaba, resolviendo la controversia de manera imparcial y reservando el cumplimiento del fallo por medios coercitivos (empleo de la fuerza pública). Esto, en caso de que el responsable no acatara el cumplimiento de la decisión.

Lo que comprende el derecho y su finalidad

Este sistema de normas jurídicas creada para regular las relaciones sociales de las personas en determinado espacio territorial (entendido en sentido amplio), como las instituciones encargadas de escuchar y resolver la contienda, así como su eventual ejecución forzada del fallo ante la negativa de un cumplimiento espontáneo, podemos decir que es una parte de lo que comprende el derecho, cuya finalidad es alcanzar la convivencia armoniosa, pacífica y el bien común de los integrantes de la sociedad.  

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Para saber más

https://www.poderjudicial-gto.gob.mx/pdfs/ifsp_conceptosjuridicosfundamentales-1.pdf

https://www.ejemplos.co/ejemplos-de-normas-sociales-morales-juridicas-y-religiosas/

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